Protección especial a menores inmigrantes
¿Qué es la Protección Especial de Inmigrantes Juveniles?
También abreviada SIJ o estado especial de inmigración juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) es una ley federal que ayuda a proteger a los niños y jóvenes indocumentados que se encuentran bajo la custodia del estado (hasta las edades de 18 a 21 años) para obtener acceso legal a la residencia permanente y la ciudadanía posterior si son considerados como abandonados o abusados por al menos un padre y se atenderían mejor si no regresaran a su país de origen.
¿De dónde viene la base para esta visa?
Ley de inmigración y nacionalidad en 203 (b) (4) que asigna un cierto porcentaje de visas a personas consideradas "inmigrantes especiales"
¿Cuáles son los beneficios de SIJS?
El niño puede solicitar el estado de residente permanente sin la ayuda de un padre que puede ser abusivo o ha abandonado al niño. Este estado protegerá al niño de regresar a su país de origen, lo que puede ser peligroso para su bienestar físico o emocional.
Aquellos que soliciten SIJS y se les otorgue la residencia permanente podrán vivir y trabajar legalmente de manera permanente en los Estados Unidos y se les permitirá viajar dentro y fuera del país, así como prepararse para solicitar la ciudadanía. Los jóvenes también pueden tener derecho a ciertos beneficios como el Título IV-E, que proporcionaría fondos y recursos para ir a la universidad.
¿Quién puede solicitar SIJS?
Existen cuatro criterios principales para los menores que desean solicitar la protección de SIJS:
Juicios juveniles.
El individuo debe ser un dependiente de la corte juvenil o estar bajo la custodia de una agencia, departamento o individuo por el sistema judicial. El nombre del tribunal del que depende el niño no es importante siempre que el tribunal tenga la jurisdicción adecuada para manejar los asuntos de menores.
Ejemplos: Los niños en DCF, los niños en detención juvenil, los niños en ICE, los niños que viven con familiares extensos son elegibles.
El tribunal de menores debe encontrar que la reunificación con uno o ambos padres no es viable. Debe haber una terminación formal de los derechos de los padres o una determinación de que la reunificación con uno o ambos padres nunca será posible. Sin embargo, el uso del idioma "uno o ambos" padres es significativo porque el niño no tiene que terminar su relación con ambos padres. Pueden permanecer bajo la custodia y el cuidado de uno de los padres en los Estados Unidos y seguir buscando el estado de SIJS.
Debido a abuso, negligencia, abandono o bases similares bajo la ley estatal. El tribunal debe dejar en claro que la reunificación con uno o ambos padres no es viable debido a abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal. El niño no puede estar buscando el estado de SIJS con el único propósito de la inmigración legal o por algún otro motivo. Este abuso, negligencia o abandono no tiene que ocurrir en los EE. UU., Pero debe ser lo suficientemente significativo como para que el niño no tenga ninguna esperanza de reunificarse con los padres. El niño tampoco tiene que imponer cargos formales de abuso, negligencia o abandono contra los padres para obtener el estado de SIJS.
El tribunal o la agencia administrativa deben determinar que no es conveniente para el niño devolverlo a su país de origen. Tanto las desventajas del niño que regresa a su país de origen como la ventaja de quedarse en los Estados Unidos son relevantes.
Los factores pueden incluir: los sistemas de apoyo de familiares y amigos en los EE. UU., El bienestar emocional y físico del niño y el acceso a los recursos médicos y educativos que el niño pueda requerir.
Además, el niño debe ser menor de 21 años. Cualquier persona menor de 21 años es elegible, pero este proceso es extremadamente difícil para aquellos que tienen entre 18 y 21 años, ya que algunas leyes estatales no lo hacen. Permitir que los niños mayores de 18 años estén bajo la custodia del estado. Es importante recibir un hallazgo SIJS antes de que el niño cumpla 18 años.
El niño también debe permanecer en la jurisdicción del tribunal de menores hasta que se complete todo el proceso de inmigración. Esto significa que el niño debe permanecer en el tribunal de menores hasta que se apruebe su solicitud de residencia permanente. Es importante manejar estos casos lo más rápido posible para que el niño no salga de la corte de menores.
Si no es posible mantener la jurisdicción en el tribunal de menores debido a la edad, solicite al juez un lenguaje específico que explique las circunstancias. TVPRA prohíbe una denegación basada en la falta de jurisdicción continua de la corte juvenil debida a la edad.
El solicitante tampoco puede estar casado en el momento de presentar su solicitud. Los solicitantes que están divorciados o tienen hijos están permitidos, pero no quienes están actualmente casados.
Los niños que tienen un historial de participación con drogas, prostitución, contrabando u otros delitos, o que han sido deportados previamente o tienen otras "malas calificaciones" pueden tener más dificultades para recibir el SIJS o el estado de residente permanente. Todos los solicitantes de SIJS deben cumplir con todos los requisitos para obtener una tarjeta verde.
¿Cómo puede un cliente comenzar este proceso?
Este proceso se verá ligeramente diferente dependiendo de si el niño presenta una solicitud afirmativa (no en un proceso de deportación) o defensivo (actualmente en audiencias de deportación).
Caso afirmativo:
Paso 1: los candidatos elegibles ya estarán bajo la custodia del estado de alguna manera. El tribunal tendrá que encontrar que el niño ha sido descuidado, abusado o abandonado para que el niño sea elegible. El juez que hace estos hallazgos debe firmar una orden que confirme estos hallazgos para la solicitud del niño. Después de cumplir con los cuatro conjuntos de criterios enumerados anteriormente, serán elegibles para presentar una solicitud para el estatus de inmigrante especial.
Paso 2: se llevará al niño a la biometría en un centro de apoyo de la aplicación, y el FBI hará una verificación de antecedentes en cualquier registro criminal o juvenil. TVPRA ordena que USCIS adjudique las peticiones SIJS dentro de los 180 días. Al mismo tiempo, el niño deberá solicitar la residencia permanente.
Paso 3: Una vez que se reciben estas solicitudes, el tribunal las revisará y se tomará la decisión de rechazar, entrevistar o aceptar la petición. Si la petición es denegada, el niño puede ser deportado. Los niños que tienen edad suficiente pueden ser contactados para una entrevista antes de que se acepte su solicitud. Típicamente, los niños menores de 14 años no necesitarán ser entrevistados. Al mismo tiempo, se emitirá un NTA al niño, que lo colocará en audiencias de deportación. El niño no puede apelar la denegación de la aplicación de ajuste de estado. Solo puede ser renovado ante el tribunal de inmigración.
Caso defensivo:
Muchos de los pasos aquí son similares, excepto que el niño no presenta sus SIJS y las solicitudes de residencia permanente juntas. La solicitud del SIJS se presentará ante el USCIS y la solicitud de ajuste de estado se enviará al juez de inmigración. La adjudicación de la solicitud SIJS debe realizarse dentro de los 180 días, sin embargo, ese plazo rara vez se cumple. Solo el juez de inmigración tiene el poder de otorgar o denegar la solicitud del menor.
Si el juez terminará los procedimientos de expulsión del niño al presentar o aprobar la petición SIJS del niño, entonces el niño puede presentar una solicitud afirmativa ante el USCIS, que será menos contradictoria que la corte de inmigración. El abogado querrá solicitar que ICE se una o no para oponerse a la moción para terminar.
Importante tener en cuenta:
Existen dos tipos de consentimiento para la concesión de SIJS.
El primero requiere que el Departamento de Seguridad Nacional dé su consentimiento para otorgar a SIJS en el conocimiento de que la razón principal para buscar un cambio de estado es escapar del abuso y no emigrar.
Los niños que se consideran "no acompañados" o que están bajo la custodia de HHS, ORR o DCS necesitan el consentimiento específico de ORR,
Los niños a quienes se les otorga la condición de SIJS ya no se consideran "hijos" de sus padres. Parte de este estado es proteger a los niños de padres abusivos, y los niños otorgados a SIJS no están bajo la custodia de sus padres, sino que están bajo la custodia del estado.
Esto también ayudará a evitar que los padres abusivos o negligentes intenten utilizar el estado de residencia permanente de sus hijos como un medio para solicitar un cambio de estado también.
Lamentablemente, esto también evita que los hermanos usen este estado como un medio para solicitar el SIJS, ya que legalmente no se consideran "hermanos". Un hermano se define como alguien con un padre común, y bajo el SIJS, el solicitante ya no pertenece a esos padres. Sin embargo, el hermano puede ser elegible para solicitar SIJS por su cuenta.
Al solicitar el SIJS, estará alertando a ICE de que el niño está indocumentado y, si la petición falla, ICE puede entregar una orden de deportación. Los pedidos de SIJS no son confidenciales, por lo que es crucial asegurarse de que el niño pueda obtener SIJS antes de enviar el paquete de solicitud. SIJS es una oportunidad maravillosa para obtener la residencia, pero puede tener consecuencias notables para el niño si se niega la solicitud. Los niños que ya están bajo el cuidado de ICE y están sujetos a reuniones de deportación aún pueden solicitar el SIJS, pero el plazo puede ser difícil debido a las audiencias de deportación.
Los niños que no son elegibles para SIJS pueden ser elegibles para otras visas, como una visa U o por medio de VAWA.
Dilemas actuales para los solicitantes de SIJS:
● Debido a la represión de la administración de Trump en la inmigración, el SIJS es cada vez más difícil de obtener, el USCIS está demorando más en procesar las solicitudes, y más niños están sujetos a negación y deportación que a residencia permanente.
● Los cambios recientes también han comenzado a reducir el límite de edad para cuando los niños pueden calificar. La diferencia de edad entre 18 y 21 años ha sido muy seriamente cuestionada durante mucho tiempo, y Nueva York acaba de prohibir que los mayores de 18 años sean elegibles para solicitar el SIJS. Además, aquellos que tienen más de 18 años y han sido nombrados tutores tampoco se consideran bajo custodia del estado y, por lo tanto, no son elegibles.